3 meses de Prisión preventiva contra Ex fiscal de San José de Ocoa acusado de plantar pistola

viernes, octubre 24

SAN JOSÉ DE OCOA,RD.—"Yo amo a Ocoa, amo a este país, no tengo porque rehuir a este proceso, pero magistrada quiero decir que hubo un elemento de traición que es lo más grave de todo esto", Así se expresó el ex procurador fiscal de esta ciudad, nativo de Nizao-Bani José Miguel Cuevas Paulino, quien fue enviado esta tarde a prisión preventiva a la cárcel pública de Bani por un periodo de seis meses. La magistrada Yanet Díaz rechazó las solicitudes presentadas por la defensa del imputado de que la medida fuera la menos gravosa señalando el arraigo, la trayectoria como fiscal durante diez años de Cuevas Paulino, entre otros presupuestos. Tras la decisión de la jueza que fue apoderada de la solicitud de la medida de coerción, cuyo Ministerio Público solicitó un año de prisión preventiva, se armó un corre corre luego del imputado ser esposado por agentes policiales que tuvieron que acordonar la parte frontal del palacio de justicia por las protestas de personas que vinieron apoyarlo desde comunidades banilejas. El proceso inició a las doce del mediodía y concluyó casi a las tres de esta tarde. El abogado del imputado, Jorge de los Santos calificó como una desconsideración la colocación de las esposas a su representado lo que provocó un fuerte contingente policial sacara rápidamente por una de las puertas trasera a Cuevas Paulino. Se recuerda que el ex fiscal fue acusado de plantar un arma al confeso narcotraficante, Eric Manuel Andújar Peña en un allanamiento practicado en su residencia ubicada en el sector San Antonio de aquí. El ministerio público tuvo representado por el procurador fiscal, Jeremías Nova, un gran público vivo momentos de tensión en el tribunal. Los representantes del Ministerio Público destacaron la colaboración de la Policía Nacional para garantizar el orden y evitar la ocurrencia de incidentes durante el desarrollo de la audiencia. El ex miembro del Ministerio Público fue acusado de violar la Ley Orgánica del Ministerio Público (133-11), específicamente, los artículos 13, 15 y 19 sobre los principios de legalidad, objetividad y probidad, respectivamente. Asimismo en el caso de prevaricación, por violación a los artículos 121, 126, 127, 166, 167 y 168 del Código Penal Dominicano, así como por violación a la garantía del debido proceso y violación de la Tutela Judicial Efectiva, establecido en el artículo 69 de la Constitución, y la violación a la Ley 36 sobre Comercio, Porte y Tenencia de Armas. Por: Willi Ortiz

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